domingo, 28 de febrero de 2021

1 Marzo Día de la Cero Discriminación

 

El Día de la Cero Discriminación se celebra cada año el 1 de Marzo.

La discriminación hace referencia a cualquier acto o comportamiento que tiene por objeto o resultado la violación de los derechos humanos fundamentales que todas las personas disfrutan en pie de igualdad.
El derecho a la no discriminación implica que todas las personas reciban un trato digno: que se respete su dignidad humana, autonomía, privacidad y confidencialidad, y que se les garantice la ausencia de coacción y abuso en igualdad de condiciones.

lunes, 22 de febrero de 2021

¿Existe interés en quebrar el artículo de los delitos de odio del Código Penal?

 


Opinión Confilegal

Parece que hay conjura para reducir la respuesta penal a los denominados  “Discursos y Delitos de Odio”, incluso algunos desearían eliminarlos de cualquier referencia en el Código Penal en base a un supuesto daño a la libertad de expresión.

 Esto no es nuevo, desde su origen se ha manifestado, en especial tras la reforma de 2015,  ahí arreciaron  rechazos que ahora se agravan para reconvertir el alcance del 510 CP, privándole de una aplicación eficaz y  universal de los bienes jurídicos protegidos.

Y esto sucede en un contexto donde hemos podido apreciar su  necesidad en la protección de las libertades y derechos fundamentales de todas las personas para defender la convivencia democrática ante su asalto fáctico, ante el asombro y la inquietud ciudadana que los propios hechos despiertan.

Ejemplos recientes no faltan.

Resulta asombroso que en  una manifestación autorizada  se viertan expresiones hitlerianas señalando al “judío” como el maligno mundial, con caja de resonancia mediática y respuesta institucional  tardía.

De igual manera, hemos asistido,  con la excusa de la detención de  Hasel para cumplir condena de 9 meses, a unos espectáculos de violencia, saqueos, incendios, manifestaciones ilegales y  actos de odio, especialmente en Cataluña, del que no salimos del asombro.

Para culmen, vemos a un muñeco colgado de una soga que simboliza a la vicepresidenta Carmen Calvo, en clara amenaza a su persona y a las feministas que se oponen a interpretaciones de género por valorar que lesionan derechos de igualdad de las mujeres.

Es difícil contribuir más y en menos tiempo a los discursos y delitos de odio; mientras tanto somos campeones de la falacia de  “ausencia de libertad de expresión y de opinión” en España.

El resultado es un gran desconcierto e inquietud por la inseguridad que se cierne sobre los derechos y libertades de las personas, de asombro por la emergencia  de conductas intolerantes,  coactivas y hostiles que conllevan el silenciamiento de la  crítica,  y de incertidumbre y temor propio del contexto,  Covid.

Y en el contexto de esta realidad, se plantean reformas legislativas que tienen un enorme calado, anunciadas de manera embrollada que dicen afectar al 510 y que esperamos no estén en sintonía con aquellos sectores que rechazan estos tipos penales y  que quieren arrastrar al Gobierno hacia reducirlos en vez de reforzarlos, que más que nunca, es lo necesario.

Resulta inquietante ver ausentes del debate a las asociaciones de víctimas y afectados, algo que nunca mejora una democracia participativa.

ALCANCE Y NATURALEZA DEL ART. 510 DEL CÓDIGO PENAL

Conocido como el  artículo que sanciona  el “discurso de odio”, este artículo es incorporado al CP en 1995, teniendo una aplicación limitada e ineficaz durante 20 años, período en el que sufrimos mucho las víctimas y la sociedad,  hasta la modificación  incorporada en la reforma del 2015.

Esta reforma ha sido criticada transversalmente, desde diversas posiciones extremas, a veces para rechazar su existencia, otras su extensión, y otras por  juristas que con buena fe no alcanzan a entender su naturaleza.

En paralelo, observamos que durante estos últimos años, la necesidad de esta norma ha crecido pareja al desarrollo del discurso de odio y por el contrario,  su aplicación eficaz ha prosperado dado el  mayor conocimiento al respecto de los operadores jurídicos, en especial por la importante labor de las Fiscalías de delitos de odio.

Entendamos, por tanto, el precepto y sus interpretaciones erróneas, excluyentes y discriminatorias.

La primera falacia que se repite hasta el aburrimiento es apreciar estos delitos de odio  con  ambiguas expresiones de pretensión excluyente, como que el objeto de su creación fue la “protección de colectivos históricamente vulnerables”. 

Nada semejante dice la norma sobre esas categorías.

Sin embargo, la propaganda al respecto lo quiere imponer.  La norma, desde su origen,  habla de motivos  que afectan a personas y grupos sociales.

La vulnerabilidad depende de situaciones y contextos, y la historicidad no puede interpretarse para obviar o excluir  la discriminación  a otros hechos insertos en el precepto que son, digamos, menos históricos o colectivistas.

Acertó la Fiscalía General del Estado (7/2019) en su circular sobre las pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el art. 510 del C. Penal, que extiende a la circunstancia agravante del 22.4, al señalar que  el bien jurídico que se protege con la sanción de  los denominados “delitos de odio” es la universalidad de la dignidad intrínseca de las personas y los derechos humanos que les son inherentes.

Y esto no es reducible a una interpretación de la condición predeterminada del sujeto pasivo, en referencia a las motivaciones que castiga el precepto,  referentes “.. a la ideología, religión o creencias, situación familiar,.. su origen nacional, sexo,..”.  

Es que acaso no puede ser objeto de discurso y delito de odio una persona de izquierdas o de derechas, vegano o animalista, constitucionalista o independentista, cristiano, musulmán, judío o bahaí, marroquí, francés, ecuatoriano o portugués, feminista o queer u otros discriminados por genética, edad, aspecto físico, origen territorial, lengua, o por cualquier marcador de sesgo de las personas, sin ser “histórico”.

REDUCCIONISMO  FALAZ

... Seguir leyendo

22 de febrero Día Europeo de la Igualdad Salarial

 


El 22 de febrero se celebrará el Día Europeo de la Igualdad Salarial, una fecha en la que la Unión Europea recuerda que las mujeres europeas cobran de media un 15 por ciento menos que sus compañeros varones. 
El objetivo de esta fecha es concienciar para evitar que “continúen las discriminaciones salariales” entre hombres y mujeres en los distintos ámbitos del mercado laboral y es que hoy las mujeres siguen soportando una brecha salarial que es la suma de muchas discriminaciones. 
La dinámica actual conduce a que la brecha salarial en España no se cierre hasta el 2046 y en la Unión Europea hasta el próximo siglo.

viernes, 19 de febrero de 2021

20 de febrero Día Mundial de la Justicia Social

La justicia social es un principio fundamental para la convivencia pacífica y próspera, dentro los países y entre ellos. Defendemos los principios de justicia social cuando promovemos la igualdad de género, o los derechos de los pueblos indígenas y los migrantes. Promovemos la justicia social cuando eliminamos las barreras que enfrentan las personas debido al género, la edad, el color de  piel, la etnia, la religión, la cultura o la discapacidad.

#MovimientocontralaIntolerancia #JuntoscontralaIntolerancia#CompromisoCívico #JusticiaSocial #Diversidad #Igualdad

http://www.educatolerancia.com/20-de-febrero-dia-mundial-de-la-justicia-

jueves, 18 de febrero de 2021

19 de Febrero Día contra la LGBTIfobia en el Deporte

 


Todos los 19 de febrero recordamos a Justin Fashanu, el único futbolista profesional que se declaró gay durante su carrera deportiva, que tristemente acabó con su vida por la presión externa y la homofobia. 
En esta fecha recordamos que todavía hace falta mucho por hacer para desterrar cualquier tipo de discriminación por orientación sexual o identidad de género en el mundo del deporte en España.

miércoles, 17 de febrero de 2021

Opinión Esteban Ibarra sobre la Proposición de ley de igualdad de trato y no discriminación

  

Fuente: El Plural

 Este martes se ha debatido en el Congreso de los Diputados la denominada ley Zerolo (proposición de ley de igualdad de trato y no discriminación) registrada por el PSOE y que tanto revuelo provocó. Su socio de Gobierno, Unidas Podemos, manifestó públicamente su “enorme malestar” pues, según los morados, ambos grupos decidieron previamente presentarla conjuntamente. En este sentido, las asociaciones y ONGs celebran el paso dado, pero instan a socialistas y morados a aparcar sus diferencias en pos del bien común.

Los socialistas registraron este texto en la Cámara baja el pasado 21 de enero. En sus páginas se especifica que "nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioecónomica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Y los principales ámbitos que regula son el laboral, el educativo, el sanitario y el de la vivienda, aunque también prevé mecanismos en otros como el de justicia o el administrativo. Asimismo, la propuesta articula una respuesta sancionadora no penal para los casos que, hasta el momento, no estaban contemplados en el Código Penal y, por tanto, quedaban impunes.

Desde ElPlural.com hemos hablado con varias de las asociaciones, colectivos y ONGs que han participado de las reuniones y en la redacción del articulado, y todas coinciden en que es un gran paseo adelante que requerirá profundización en un futuro.

El presidente de Movimiento contra la intolerancia, Esteban Ibarra, subraya que se trata de una “reclamación antigua” pues “llevamos muchos años luchando contra la discriminación”. “Recibió un impulso en el 2000 con la aprobación de las directivas de igualdad de trato en la UE. A partir de ahí, reclamar esa legislación antidiscriminatoria tuvo más contundencia, aunque las directivas tardaron tres años en ser traspuestas”, añade.

En opinión de Ibarra, “tiene virtudes y también insuficiencias. Sitúa en la igual dignidad humana el bien jurídico a proteger. Esto es un avance. Tiene alcance universal, es para todas las personas por cualquier característica o circunstancia, como recoge la Constitución. También obtiene un régimen de sanciones y un comisionado que las aplique. Ahora, como insuficiencia está poco tratada la protección de las víctimas. Echamos en falta un titulo especifico y no se recoge un Consejo General de la Igualdad de trato”. Así mismo, defiende que “el comisionado tiene que ser una figura claramente independiente. Tendría que ser elegida por las Cortes”.

El responsable de relaciones institucionales de Hogar Si, Gonzalo Caro, señala que existen diversos “factores discriminatorios que provocan exclusión. Se discrimina por multitud de cuestiones”. En este sentido, y en lo que ataña a su asociación, celebra que la ley Zerolo “ayuda tanto para paliar la situación que te puede llevar al sinhogarismo” como acabar con las dificultades para salir de él.

“La discriminación se produce por ser pobre. La ley puede ser un avance y vamos a hacer propuestas para mejorar el texto”, ha añadido en declaraciones a este periódico.

Sobre las tensiones con Podemos, evita pronunciarse: “No entramos a valorar lo que sucede dentro de un Gobierno de coalición. Hacemos nuestras propuestas y se las hacemos llegar a todos los partidos. Las relaciones entre ellos no nos ataña”.

Vladimir Paspuel, de la Asociación Rumiñahui, asegura que tras muchos años trabajando en ella, por fin “se reactive y se ponga sobre el escritorio”. “Cuando el PSOE la ha presentado nos ha alegrado”, dice.

En este sentido, también valora el trabajo de Unidas Podemos, que “lo hemos visto muy positivo aunque ha habido dificultades”.

“Instamos al Gobierno a que los dos partidos limen discrepancias y acuerden por el bien de la ley y de la gente”, insiste, al tiempo que precisa que el articulo requiere una mejora: “Por ello pedimos a todos los partidos y a la sociedad civil que elaboren propuestas”.

Por su parte, Toni Poveda, de CESIDA, pone el foco en que "es una ley que va a afectar a toda la población. No es una ley para minorías. En algún momento por algún motivo podemos ser discriminados. Edad, enfermedad, orientación sexual… La discriminación que sufren las personas por VIH a la hora de hacerse un seguro, acceder a la vivienda o cualquier motivo no debe salir gratis. Afortunadamente, si esta ley sale adelante, por primera vez se incluirá esta discriminación, el de discriminación por enfermedad”.

Miguel Ángel Fernández, de la Fundación Pedro Zerolo, ha celebrado su “profunda satisfacción por la presentación de la proposición de ley”, “una ley que fue impulsada por el propio Pedro Zerolo durante su etapa de secretario de Movimientos Sociales del partido socialista y por la que tanto luchó, y que lamentablemente no pudo ver aprobada, como siempre fue su deseo”.

“Una ley necesaria porque que en palabras de Pedro Zerolo ‘discriminar no puede salir gratis’. Una ley para una gran mayoría social, porque toda la ciudadanía en algún momento de nuestra vida podemos ser objeto de discriminación”, ha apostillado.

El dirigente de la Unión Romaní, Mariano González, ha lamentado que “como colectivo éramos los que menos protegidos estábamos y estamos”, por lo que “ojalá fuera ya un hecho”, aunque “nunca es tarde si la dicha es buena”. En este punto ha agradecido al PSOE que siempre haya visibilizaos al colectivo gitano y ha valorado que “todos hemos querido y trabajado con Zerolo”.

“Esto es el inicio del camino. Luego lógicamente las comunidades autónomas deben empezar a trabajarla” contando con la participación de los colectivos.

Con respecto a Podemos, González ha explicado que “esa ley, sea se ley Zerolo o de Unidas Podemos o de quien sea, no debe ser una ley politizada sino una ley de colectivos, segmentos y población que estamos siendo afectados. Las rencillas políticas me parecen estupendas, pero no debe ser un palo en la rueda. Me da lo mismo que sea Podemos que PSOE”.

Javier Font, de FAMMA, ha solicitado que se preste especial atención a los palzos, pues “existe un periodo legal que hasta que puedes llegar a una conclusión es muy complicado. Nos pasa con otras normas. Está muy bien que haya un marco jurídico, pero debe haber un marco administrativo que lo desarrolle. Si existen situaciones en los que las administraciones tienen que intervenir suele ser enormemente tedioso. Es desolador los plazos de espera”.

Por último, Jesús Martín Blanco, de CERMI, ha instado a las y los portavoces de los grupos parlamentarios del Congreso su respaldo a la toma en consideración de la Proposición de Ley Integral de Igual de Trato y No discriminación, pues “el movimiento social de la discapacidad viene reclamando desde hace años la necesidad de que España se dote de un marco general de igualdad de trato y no discriminación, que garantice transversalmente los derechos de todas las personas y en especial de aquellas integradas en grupos sociales singularizados más expuestas a conductas discriminatorias”.

viernes, 12 de febrero de 2021

13 de Febrero Día Mundial de la Radio

          

                                                               Educatolerancia

                                  ¡Hoy celebramos el Día Mundial de la Radio!

La radio es un medio de comunicación único para celebrar la diversidad humana y constituye una plataforma para el discurso democrático. La radio sigue siendo, además, el medio de comunicación más usado en todo el mundo. Esta capacidad de llegar al mayor número de público posible la convierte en una herramienta indispensable para dar forma a la experiencia de la sociedad en la diversidad, y es el escenario perfecto para que todas las voces se expresen libremente, se sientan representadas y puedan ser escuchadas. 

Las emisoras de radio deben servir a comunidades diversas, ofrecer una amplia variedad de programas, puntos de vista y contenido, y deben reflejar la diversidad de audiencias en sus organizaciones y operaciones.

                                         Celébralo con nosotros desde Onda Verde

jueves, 11 de febrero de 2021

Conferencia Internacional sobre Discurso de Odio con una perspectiva de Género, de la mano de la Asociación "Never Again"

 


Conferencia Internacional sobre Discurso de Odio con una perspectiva de Género, de la mano de la Asociación "Never Again"

Mientras la Igualdad de Género es un pilar clave para los Derechos Humanos, el sexismo y los estereotipos de géneros han crecido constantemente a lo largo de Europa y durante los últimos años. En cuanto al estatus como ciudadana de las mujeres con igualdad de derechos, seguramente ha habido un gran progreso en las últimas décadas, pero desafortunadamente la igualdad de género es todavía un objetivo que está lejos de conseguir todos sus frutos.

La Pandemia del COVID-19 ha evidenciado especialmente esta realidad con el aumento de la Violencia de Género en todo el mundo.

Consideramos que la Igualdad de Género supone la igualdad de derechos de mujeres y hombres en todas las esferas públicas y privadas. Este valor es ratificado por las organizaciones que son parte del proyecto paneuropeista Op: Code. Por eso, desde esta segunda Conferencia Internacional, queremos profundizar y adentrarnos en las diferentes formas de Discurso de Odio basados en el género, su envergadura y sus efectos, así como los métodos para combatirlo.

Es un tema crucial en el actual contexto donde el sexismo y los estereotipos de género a menudo conducen a un efecto derrame en el que la violencia contra la mujer se normaliza e incluso se justifica.
. Del 14 al 16 de febrero en formato online.
. Puedes inscribirte a través del correo : register@activewhatch.ro antes del 10 de febrero.


12 de Febrero Día Internacional contra el uso de Niñ@s Soldado

 

Cada 12 de febrero se celebra el Día Internacional contra el Uso de Niñ@s soldado, una fecha instaurada por la Organización de las Naciones Unidas  para recordar la necesidad de acabar con la dramática situación a la que se ven sometidos cerca de 300.000 niños y niñas en, al menos, una veintena de países en conflicto.

Niños y niñas que se ven abocados a vivir la guerra de verdad, convirtiéndose en combatientes involuntarios. Muchos de estos niños están directamente en la línea de combate y otros son obligados a ejercer como cocineros, mensajeros, esclavas sexuales, para realizar ataques suicidas… Durante el tiempo en el que est@s niñ@s están vinculados a las fuerzas y grupos armados, son testigos y víctimas de terribles actos de violencia e incluso son obligados a ejercerla. Los traumas emocionales que esto les puede provocar son difíciles de superar.

#MovimientocontralaIntolerancia #Infancia #StopNiñosSoldado #DerechosdelaInfancia #DerechosHumanos #StopViolencia #StopGuerras

http://www.educatolerancia.com/12-de-febrero-dia-internacional-contra-el-uso-de-nins-soldado/

Artículo de Opinión El Gobierno no debe confundir el discurso de odio con la libertad de expresión. Confilegal.Esteban Ibarra


La noticia saltaba a los medios y  un comunicado del Ministerio de Justicia plantea “una revisión de los delitos relacionados con excesos en el ejercicio de la libertad de expresión para que sólo se castiguen conductas que supongan claramente la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad”, y añade  “que aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales, debieran permanecer al margen del castigo penal”.

El gobierno entiende que «el derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión…”.

Tras conocer la noticia, tanto los que hemos sido víctimas de esos delitos, como potenciales personas vulnerables y todas las gentes que trabajamos por la protección de los derechos fundamentales frente a los delitos de odio, se nos ha congelado la respiración ante un posible retroceso a los años noventa, más allá de las campañas hacia  determinados raperos condenados por otros delitos relacionados con el terrorismo y la corona.

EN DEFENSA DEL ARTÍCULO 510 DEL CÓDIGO PENAL

Quienes defendemos un artículo 510 solvente y protector  frente al discurso  de odio, no entendemos esta apreciación transmitida sobre la contradicción  entre el ejercicio  del derecho fundamental a la libertad de expresión y la conducta típica descrita en la norma.

Mezclar temas en derecho no parece que ayude a defender los derechos de todos y hacerlo deprisa y corriendo, reaccionando a protestas, sean justas o injustas, menos.

Las víctimas nos sumamos a las asociaciones de jueces que piden consenso, cautela, prudencia y tranquilidad  para desde  la reflexión no cometer  error.

De permitir el uso de un derecho de libertad de expresión  para vulnerar  derechos fundamentales, si se trivializa la gravedad del discurso de odio que siempre precede a la acción, se estará generando una grave indefensión.

Precisamente, el bien jurídico que busca proteger es la universalidad de la dignidad de la persona y sus derechos inherentes frente a los   delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución, señalados por el tipo penal al sancionar a “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología (…)”.

LA NOTICIA DENOTA CONFUSIÓN

La confusión que traslada la noticia, junto al conocido doble posicionamiento en el Gobierno que refieren a iniciativas realizadas con anterioridad respecto a esa confusa “normalización del insulto” de unos y  a la discriminatoria “modificación de la circunstancia agravante del 22.4” de otros, nos conduce indubitadamente a situarnos en alerta ante el posible retroceso en la protección de las libertades y derechos de las víctimas de los delitos de odio y de las personas y colectivos vulnerables frente a esta delincuencia.

Pero si existe una expresión confusa o vaporosa  en la “noticia” es la referencia al “contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales”.

Este elemento “contextual”, más bien soporte difusor, podría poner en cuestión la reciente sentencia por el Tribunal Supremo  de los grupos musicales racistas, “Batallón de Castigo”  y “Más que Palabras”, condenados por incitar al odio en un concierto y difundir su música de odio; también otros condenados por practicar la cultura de la intolerancia a través de mecanismos “creativos de persecución” en redes sociales, o a los que esperan juicios por elementos similares  a la emisión de “acordes musicales xenófobos”  y al desarrollo de “lienzos artísticos antisemitas”, homófobos o misóginos, por poner algún ejemplo a añadir  a  las mas de 120 páginas  pertenecientes a sellos discográficos y grupos de música relacionados con el supremacismo y que Facebook ha detectado con más de 800.000 seguidores, muchos de ellos en España.

EL CONSTITUCIONAL Y EL TEDH ANTE EL DISCURSO DE ODIO

La referencia que realiza el Ministerio a la pretendida adecuación a los altos tribunales y a la doctrina, nos deja  perplejos cuando parece olvidar que la reforma del 2015  incorporó  la Decisión Marco (2008) relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal, el Convenio contra la Ciber-delincuencia,  las sentencias del Constitucional y otra jurisprudencia.

¿Se equivocó, entonces, el legislador en 2015, al respecto? ¿Todos los que emitieron los correspondientes informes preceptivos, también? ¿Qué es lo que ha cambiado? El hecho de que  una barbaridad sea cantada, dibujada,  armoniosamente lírica o muy intelectual, no evita ser barbarie.

¿Es el soporte y el contexto del mensaje de odio, lo determinante?Debemos entender entonces que si se consideran  expresiones artísticas, culturales o intelectuales, se evitarían en España condenas a pensadores antisemitas y negacionistas, tipo Roger Garaudy, o a  grupos musicales “adoradores de Hitler” que adoctrinan “al compás”, con la consigna de las 14/88 palabras del terrorista David Lane, o a los autores de graffitis xenófobos que llenan las paredes,  con mucho arte, de eslóganes tipo “al inmigrante paliza constante” o promueven el ciberodio, sin olvidar  otras expresiones más domésticas, hispanófobas, que hoy se pueden detectar  vinculadas a problemas de  odios ideológicos de diversa naturaleza. Y si se hace en un festival, partido de futbol, redes sociales, manifestación, medio convencional o alternativo, ¿también?

NO EXISTE UN PRETENDIDO DERECHO AL INSULTO

No. El Discurso de Odio (Hate Speech), no debe ser confundido con el libre ejercicio del pensamiento, opinión, expresión y libertad de información.

Así lo entendió el Comité de Ministros del Consejo de Europa en su resolución (20) de 1997 definiendo que “abarca todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras  formas de odio basadas en la intolerancia, incluida la intolerancia expresada por agresivo nacionalismo y el etno­centrismo, la discriminación y la hostilidad contra las minorías, los inmigrantes y las personas de origen inmigrante”.

Este concepto fue complementado por la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (2016)  donde reitera que se entiende “como fomento, promoción o instigación, en cualquiera de sus formas, del odio, la  humillación o el menosprecio de una persona o grupo de personas, así como el acoso, descrédito, difusión de estereotipos negativos, estigmatización o amenaza con respecto a dicha persona o grupo de personas y la justificación de esas manifestaciones por razones de ‘raza’, color, ascendencia, origen nacional o étnico, edad, discapacidad, lengua, religión o creencias, sexo, género, identidad de género, orientación sexual y otras características o condición personales”.

No se puede obviar el artículo 20.4 de la CE: “estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia”.

Y obviar sentencias del Constitucional que insisten “La libertad de expresión no es, en suma, un derecho fundamental absoluto e ilimitado, sino que tiene lógicamente, como todos los demás, sus límites, de manera que cualquier expresión no merece, por el simple hecho de serlo, protección constitucional, toda vez que el artículo 20.1 a) CE “no reconoce un pretendido derecho al insulto” (SSTC 29/2009, 77/2009 y 50/2010).

En consecuencia, este Tribunal ha declarado repetidamente que quedan fuera de la protección constitucional del artículo 20.1 a) CE “las expresiones indudablemente injuriosas o sin relación con las ideas u opiniones que se expongan y que resulten innecesarias para la exposición de las mismas”.

Es decir, las que, “en las concretas circunstancias del caso sean ofensivas u oprobiosas”.

Por su parte, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado que “la tolerancia y el respeto de la igual dignidad de todos los seres humanos constituyen el fundamento de una sociedad democrática y pluralista. De ello resulta que, en principio, se puede considerar necesario, en las sociedades democráticas, sancionar e incluso prevenir todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio basado en la intolerancia” (STEDH de 16 de julio de 2009, caso Féret c. Bélgica, § 64), del mismo modo que la libre exposición de las ideas no autoriza el uso de la violencia para imponer criterios propios”.

CONTRA EL ABUSO DE DERECHO: LA LARGA LUCHA CONTRA EL DISCURSO DE ODIO

Si algo ha sucedido desde 1991 cuando el Constitucional dio la razón a Violeta Friedman, sobreviviente del Holocausto, frente al nazi León Degrelle, junto a las reivindicaciones de la sociedad civil europea de penalizar estos delitos de odio, parcialmente conseguido en 1995, aunque muy inoperante para sancionar estos delitos, ha sido una larga lucha y sufrimiento de las víctimas hasta su mejora en 2015; genera zozobra que ahora se vuelve a reavivar  el riesgo a un retorno hacia la inoperancia y a un escenario de impunidad del discurso de odio.

Estos  discursos no deben tener cabida en los medios de comunicación, en internet o en redes sociales, con ningún soporte que lo trivialice, debido a su impacto dañino, ni en ningún lugar que hoy es campo de batalla donde se libra una guerra que la intolerancia ha emprendido contra la convivencia democratica.

Y como dicen todos los organismos especializados al respecto, se debe combatir mediante el reproche ético-social, las sanciones administrativas, y como no, mediante el reproche penal.

El discurso de odio debe de ser enviado al ostracismo.

ESTE DEBATE ES UN «TOTUM REVOLOTUM»

Respecto a la respuesta penal, nada ha cambiado desde 2015 en cuanto al injusto, y nada justifica cambios sustanciales; no hay sentencias a cuestionar y no se debe de confundir con otros tipos penales como el enaltecimiento del terrorismo y las injurias a la corona.

Estos son otros tipos penales, otro debate, y no procede el “totum revolutum” al que estamos asistiendo.

Mientras tanto, se obvia la reivindicación que hacemos  de universalizar la protección de la victima y de no caer en postulados que discriminan a personas por incumplimiento del artículo 14 de la Constitución, referido a la igualdad de los españoles ante la ley, tal y como hemos planteado al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía.

Es más, el discurso de odio esta al margen de orientaciónes políticas, se sitúa en hechos objetivos frente a actos que promueven el odio por motivos de intolerancia y que por las razones expuestas quiebran libertades y derechos fundamentales como muy bien expuso la Circular de la Fiscalía (7/2019) enviada por María José Segarra, sobre las pautas para interpretar los Delitos de Odio en el artículo 510 extendida a la circunstancia agravante del 22.4.

Una buena lectura evitaría equívocos y enredos como los que hemos mencionado.

La libertad de expresión no puede entenderse como  libertad de agresión; no puede haber impunidad y el legislador debería escuchar a las organizaciones que llevamos años luchando en defensa de las víctimas propiciando cambios humanistas que amparen la convivencia democrática, las libertades y los derechos fundamentales; el gobierno tiene que cumplir su compromiso  de adoptar un planteamiento firme, no sólo para concienciar a los ciudadanos sobre la importancia de respetar el pluralismo y los peligros que supone el discurso de odio, sino para sancionar penalmente, apoyar a las víctimas, aclarar el alcance y la aplicabilidad de la responsabilidad en derecho civil o administrativo, en definitiva, para actuar de forma adecuada y decidida contra el discurso de odio.

Es una cuestión de defensa de los Derechos Humanos

http://www.educatolerancia.com/el-gobierno-no-debe-confundir-el-discurso-de-odio-con-la-libertad-de-expresion/

miércoles, 10 de febrero de 2021

11 de Febrero Nelson Mandela es liberado de prisión

 

El 11 de febrero de 1990, Nelson Mandela recupera la libertad que le había sido arrebatada 27 años atrás. Sus primeras palabras al salir de prisión son oídas por más de cinco mil personas que se congregan en la plaza del Ayuntamiento de Ciudad del Cabo (Sudáfrica): ‘Os saludo en nombre de la paz, la democracia y de la libertad. Hoy estoy aquí no como profeta, sino como vuestro humilde servidor. Vuestros sacrificios heroicos lo han permitido’.

#MovimientocontralaIntolerancia #NelsonMandela#Intolerancia #Racismo #Madiba#Xenofobia #NobeldelaPaz #DerechosHumanos #Libertad

http://www.educatolerancia.com/11-de-febrero-nelson-mandela-es-liberado-de-prisio/

11 de febrero como el Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia.

 

Con el fin de lograr el acceso y la participación plena y equitativa en la ciencia para las mujeres y las niñas, y además para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, la Asamblea General de las Naciones Unidas decide proclamar el 11 de febrero como el Día Internacional de la #Mujer y la #Niña en la #Ciencia.

En los últimos 15 años, la comunidad internacional ha hecho un gran esfuerzo inspirando y promoviendo la participación de las mujeres y las niñas en la ciencia. Desafortunadamente, ellas siguen enfrentándose a barreras que les impiden participar plenamente en esta disciplina. De acuerdo con un estudio realizado en 14 países, la probabilidad de que las estudiantes terminen una licenciatura, una maestría y un doctorado en alguna materia relacionada con la ciencia es del 18%, 8% y 2%, respectivamente, mientras que la probabilidad para los estudiantes masculinos es del 37%, 18% y 6%.

Más información: http://www.un.org/es/events/

#MovimientocontralaIntolerancia #NiñaCiencia #StopSexismo #StopMachismo #Feminismo

http://www.educatolerancia.com/11-de-febrero-nina-ciencia/

martes, 9 de febrero de 2021

“Una Internet mejor comienza contigo: más conectados, más seguros”

El Día de Internet Segura es un evento promovido por la red INSAFE/INHOPE con el apoyo de la Comisión Europea, que se celebra cada mes de febrero con el objetivo de promover un uso seguro y positivo de las tecnologías digitales, especialmente entre niños, niñas. las y los jóvenes.

Este día no solo pretende la creación de una Internet más segura, sino una Internet mejor, para convertirla en un espacio en el que todos hagamos uso de la tecnología de manera responsable, respetuosa, crítica y creativa.

El lema de este año: “Una Internet mejor comienza contigo: más conectados, más seguros”

#MovimientocontralaIntolerancia #StopCiberOdio #DiscursodeOdio

http://www.educatolerancia.com/9-de-febrero-dia-de-internet-segura/

viernes, 5 de febrero de 2021

6 de Febrero Día Internacional contra la Mutilación Genital Femenina

La #MutilaciónGenitalFemenina es una grave vulneración de los Derechos Humanos y está inextricablemente vinculada a otras formas de desigualdad de género, como la violencia contra mujeres y niñas, y a otras prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, precoz y forzado. Con el fin de acelerar el proceso para conseguir la erradicación de la mutilación genital femenina, es necesario que colaboren gobiernos, administraciones locales y la sociedad civil para abordar las causas fundamentales que perpetúan las relaciones de desigualdad de poder entre mujeres y hombres. Hoy y todos los días. Más información y recursos: http://www.un.org/es/events/femalegenitalmutilationday/

#MovimientocontralaIntolerancia#MutilaciónGenitalFemenina
#StopSexismo #StopMachismo #Feminismo
http://www.educatolerancia.com/6-de-febrero-dia-internacional-contra-la-mutilacion-genital-femenina/

miércoles, 3 de febrero de 2021

4 Febrero Nacimiento de Rosa Parks

  


Un día como hoy nacía Rosa Parks. 
Su “no” cambió la historia de Estados Unidos. Rosa Parks, la mujer negra que se levantó sentándose, la modista de Montgomery que se opuso en 1955 a ceder su asiento del autobús a un pasajero blanco, es uno de los símbolos del movimiento que llevó a la comunidad afroamericana de Estados Unidos más cerca de la igualdad. 
No te olvidamos Rosa.

lunes, 1 de febrero de 2021

41 años del asesinato de Yolanda González

 

   Era la madrugada de un dos de febrero, corría 1980, en Madrid el movimiento estudiantil estaba muy activo y comprometido contra unas leyes injustas de educación del Gobierno de aquellos momentos; cierres de institutos y universidades, detenciones, apaleamientos, aunque algo superaría a la represión, un comando fascista secuestró a Yolanda González Martín, tenía 19 años, y después de torturarla, la asesinaron en un descampado próximo a Alcorcón. 

Fue un crimen de odio, la seleccionaron por su liderazgo en el movimiento estudiantil, era de la coordinadora de Enseñanzas Medias, militante del Partido Socialista de los Trabajadores y nacida en el País Vasco. Sesgos esenciales para sus asesinos. Con su muerte a todos nos asesinaron un poco, nuestra movilización estudiantil, en medias y universidad, sufrió su mayor golpe y el país entero, una gran conmoción. 

En memoria de Yolanda y recordando este abyecto crimen: querida compañera descansa en paz y si te llegan nuestras palabras para mejor homenaje, tu lucha es la nuestra y aún continúa.