martes, 2 de octubre de 2018

Día Internacional de la No Violencia


"La no violencia es la fuerza más poderosa que hay a disposición de la humanidad. Es aún más poderosa que el arma más compleja de destrucción ideada por la ingenua capacidad del hombre" Mahatma Gandhi
Educar en valores de Paz y Tolerancia es el camino porque la violencia se aprende construye Paz.

Enlace al cuaderno en valores ¡¡Que viva la PAZ¡¡

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lunes, 1 de octubre de 2018

El Supremo fija por primera vez la agravante de género

Los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo Andrés Martínez Arrieta, Francisco Monterde Ferrer, Andrés Palomo del Arco y Vicente Magro Servet, bajo la ponencia de Miguel Colmenero Menéndez, han hecho pública una sentencia en la que por primera vez tras la reforma del Código Penal en 2015 se fija la agravante de género del artículo 22.4.
Así, han establecido que en toda conducta en la que se aprecie una intención de dominación o machismo se agravará la pena aplicando la agravante de género del artículo 22.4 CP.
Este precepto señala que la responsabilidad criminal se verá agravada en caso de “cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”.
Se trata, por tanto, de una sentencia inédita en la medida que el Alto Tribunal fija doctrina en machismo aplicando la agravante.
“Si no eres mía no eres de nadie”

El tribunal aplica la agravante de género al haberse acreditado el intento de dominación del acusado sobre la víctima.
Como consecuencia, la Sala ha elevado de cinco a seis años y seis meses de prisión la condena impuesta a un hombre que acuchilló e intentó asfixiar a la mujer con la que mantenía una relación sentimental sin convivencia, después de quitarle el móvil al creer que se comunicaba con otro hombre y decirle “si no eres mía no eres de nadie”.
Se ha estimado, así, el recurso del fiscal que solicitaba la aplicación de la agravante, y anula parcialmente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que no la apreció porque entendió que no se había probado el intento de humillación y ultraje de la mujer por parte del condenado.
Según los hechos probados recogidos en la sentencia el acusado estaba casado y mantenía una relación de afectividad sin convivencia con la víctima, con rupturas y discusiones frecuentes derivadas del carácter celoso y posesivo del hombre.
En una de esas discusiones, el acusado movido por los celos al creer que la mujer se estaba comunicando por teléfono con otro hombre, aprovechó el momento en que ella se encontraba en el servicio para coger un cuchillo y “abalanzarse sobre la víctima dándole cuchilladas, al tiempo que profería expresiones como “si no eres mía no eres de nadie”.
La Audiencia Provincial de Segovia le condenó a 8 años de prisión como autor de lesiones causantes de deformidad, con las agravantes de abuso de superioridad y de actuar por razones de género (6 años de prisión) y delito de amenazas condicionales sin conseguir su propósito (2 años). La Audiencia enmarcó la agresión “dentro del ámbito de control y celos que se declara probado y la situación de dependencia de la víctima también descrita.”
El recurso de apelación interpuesto por el acusado fue estimado parcialmente por el Tribunal Superior de Justicia del Castilla y León de forma que rebajó la condena a 5 años de prisión al considerar que no era de aplicación la mencionada agravante (4 años y medio por el delito de lesiones y seis meses de prisión por el de amenazas).
Concluyó que no había quedado acreditado que “el actuar delictivo tuviera por móvil el desprecio o la discriminación de la víctima por el solo hecho de ser mujer o por el deseo de dominación machista que le atribuye la Sala de instancia en el marco de esa relación de control y celos que se dicen existentes; y no coincidimos con ella en que la sola personalidad del acusado que se desprende de la pericial practicada pueda derivarse esa intención de humillación y de ultraje que serían necesarios para apreciar la discutida agravante”.
Dominación y desprecio hacia la mujer 

La Sala recuerda que el TSJ rechazó la vulneración de la presunción de inocencia alegada por el recurrente, con lo que el relato fáctico de la sentencia ha quedado mantenido en todos sus extremos.
Para los magistrados, al valorar que el acusado le quitara el móvil a la víctima al creer que pudiera estar comunicándose con otro hombre; y que en el curso de la agresión manifestara “si no eres mía no eres de nadie”, se desprende “el intento de dominación sobre la víctima y su consideración de esa concreta mujer como un ser incapaz de tomar decisiones sobre los aspectos más personales e íntimos de su vida que pudieran merecer alguna clase de respeto”.
La Sala admite, en línea con la sentencia recurrida, que la acreditación de una determinada personalidad en el acusado no justifica por sí misma en ningún caso la aplicación de la agravante de género, porque lo contrario conduciría a sancionar al sujeto por cómo es y no por lo que ha hecho.
Pero en el caso analizado, esa personalidad del acusado- añade el tribunal “es solo un elemento más, pues la dominación y el desprecio sobre la mujer, concretamente sobre la que recae la agresión, elementos necesarios para apreciar la agravante, resultan características de la conducta ejecutada, tal y como aparece descrita en los hechos probados”.

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Comunicado sobre “Las 16 Medidas Urgentes para Erradicar la Violencia Machista de nuestra sociedad”

La Asociación de Mujeres Juezas de España, ante los acontecimientos de la última semana en la que han sido asesinadas cinco mujeres, dos de ellas niñas y  ante lo que parece una normalización de los asesinatos machistas y la impasividad de los poderes públicos emite el siguiente comunicado:
Queremos transmitir nuestra solidaridad a la familia y amigas/os de todas ellas y nuestra voluntad de seguir trabajando por la concienciación de la necesidad urgente de dar una respuesta integral y efectiva a la violencia contra las mujeres.
La violencia contra las mujeres y las niñas es la violación de Derechos Humanos, más universal, más oculta e impune que existe hoy día. Es estructural y cultural y continúa siendo ampliamente consentida por los Estados, incluso en los países que se consideran más desarrollados.
Con cada asesinato se reproducen los lamentos desde todos los ámbitos sociales y los minutos de silencio. Una sociedad bipolar, que sólo se escandaliza con cada  crimen atroz, a pesar de que esta lacra se retroalimenta sobre una nutrida base de microviolencias cómodamente instaladas, normalizadas, y hasta promocionadas desde todas las formas pensables de influencia social.
En particular desde  la Asociación de Mujeres Juezas de España venimos reivindicando, la adopción urgente de  las siguientes medidas que deben dotarse de la correspondiente partida presupuestaria para ser algo más que un formalismo o  un brindis al sol.

Prevención y sensibilización

1º-  Abordaje desde la Educación como vacuna frente a las violencias machistas. Incorporación en los curriculums escolares como formación obligatoria  en todos los niveles de enseñanza  de contenidos  específicos en materia  de igualdad y no discriminación,  así como el estudio  de los logros y significado  del movimiento feminista como objetivo formativo específico de la asignatura de Historia. Revisión de los planes y programas de estudio con el fin de que incluyan como referentes formativos a  mujeres relevantes en la historia, la ciencia y la filosofía.

– Implantación de Planes de Sensibilización y Campañas con carácter periódico y permanente especialmente dirigidas a los y las jóvenes con el fin de concienciar sobre la eliminación de prejuicios y estereotipos de género, prevenir conductas de violencia machista en los varones y fomentar una imagen de la mujer fuerte y positiva y una masculinidad sana y respetuosa. Extensión del programa educativo “Educando en Justicia Igualitaria”, como una herramienta de educación transformativa desde la justicia, mediante el acercamiento de nuestros jóvenes a los juzgados.

3º- Obtener el compromiso de los medios de comunicación social en la no difusión de contenidos que incidan en la violencia y discriminación machistasy recabar de ellos acciones positivas de divulgación y valoración positiva de actitudes y modos de vida igualitarios y basados en el respeto.

4º-Impartir formación obligatoria y específica en perspectiva de género y no discriminación a todos los y las profesionales que intervengan en el proceso educativo así como procurarles herramientas para la detección de situaciones de violencia machista sobre las chicas jóvenes. Dicha formación deberá integrarse en los temarios de oposiciones, másteres y cursos destinados a la formación del profesorado.

Respuesta Institucional y reformas legales

  Abordar  una reforma del Código Penal  y de la normativa procesal que, en consonancia con el  Convenio de Estambul, de un tratamiento específico a los delitos en cuya comisión se aprecia una claro origen machista fundado en la cosificación y discriminación de la mujer y ello tanto en el ámbito de la pareja como fuera de ella.  Debe  ampliarse el ámbito objetivo y subjetivo de la violencia de género, para adaptarlo al Convenio de Estambul. Se debe ampliar el concepto de violencia de género que recoge nuestra legislación que se limita a la violencia que ejercen las parejas y exparejas de las mujeres y ampliarse a otras conductas que suponen ataques de extrema gravedad sobre la mujer por el mero hecho de serlos tales como  delitos contra la libertad sexual, matrimonios forzados, violencia económica, mutilación genital femenina, trata de mujeres con fines de explotación sexual, el acoso sexual o  delitos de odio basados en el género.

6º- Reforma del Estatuto de la Víctima con el fin de que se reconozca la consideración como tal y se extienda la totalidad de su régimen jurídico a los y las menores descendientes de aquellas mujeres que hayan sido víctimas de algún tipo de violencia machista.  Debe darse a los y las menores un tratamiento y protección específicos, incluida la asistencia social integral y la posibilidad de que se les dote de asistencia letrada autónoma y defensor judicial en caso de conflicto de intereses.

7º- Abordar las reformas procesales necesarias en relación a la actual regulación de la dispensa de declarar en los casos de víctimas de delito así como nuestra legislación penal en relación con las atenuantes de confesión y reparación.

8º – Modificación de la LOPJ y de la Ley de Demarcación y Planta con el fin incrementar el número de Juzgados Exclusivos en materia de Violencia contra la Mujer cuya competencia deberá extenderse a todos los delitos machistas y no sólo los cometidos en el ámbito de la pareja, garantizando y condicionando esta competencia, en todo caso, a que la carga de trabajo que asuman permita un tratamiento individualizado y profundo de cada caso. Deben eliminarse los Juzgados compatibles y tender  a una mayor especialización de estos delitos,  residenciándolos en un órgano específico que cuente con personal judicial y asistencial adecuadamente formado. La comarcalización de estos juzgados deberá hacerse solo en casos puntuales cuando la valoración de todas las circunstancias , especialmente las de las mujeres, lo aconsejen y no como un mero instrumento de la política de recortes.

9º- Ofrecer en casos de violencia de género no denunciada medios de protección, información de calidad y soporte asistencial digno y coherente con la situación de la mujer, no haciendo de la denuncia la única vía posible  de acceso a información, asistencia y ayudas.   Debe analizarse en este sentido el estado y propuestas para una efectiva implantación del Estatuto de la Víctima de forma autónoma y no vinculada a las vicisitudes del proceso penal.

10º- Para los casos judicializados, reclamamos más medios materiales y personales, así como una organización judicial racional y adaptada a las cargas de trabajo.

11º- Efectivos policiales especializados y disponibles 24 horas, los 365 días del año para atender casos de violencia machista en la totalidad del territorio nacional.

12º- La constitución y rápida implantación de equipos multidisciplinares con formación específica integrados por profesionales de la abogacía, fiscalía, medicina y psicología forense, judicatura, policía  y letrados/as de la administración de Justicia  que orienten, coordinen y aseguren la correcta respuesta en casos de criminalidad machista durante todas las fases del proceso.

 13º- Instauración de equipos de acompañamiento integral a la víctima constituidos  por profesionales especializados e integrados dentro de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas garantizando que esté permanentemente orientada e informada de las vicisitudes del proceso y de los recursos a los que puede acceder.

14º- Mejora del sistema de seguimiento integral de casos de violencia de género y detección policial del riesgo  (Viogen) incorporando también la valoración del agresor y la situación de  las/os hijas/os, no limitándose sólo a los riesgos de agresión física. Deberá reunir  la totalidad de denuncias presentadas y ser  complementada con la opinión experta de trabajadores sociales, psicólogos y sanitarios (potenciación de las Unidades de Valoración Forense) cuyo número y especialización debe aumentar. Incrementar la coordinación y comunicación de información entre dicho registro y los existentes a nivel administrativo y penitenciario.

15º- Aumento de los recursos sociales para poder derivar a las mujeres  y a sus hijas e hijos  incrementando el número de casas de acogida, pisos tutelados  y  puntos de encuentro familiar.  Recuperar las competencias y dotar económicamente de forma suficiente a las entidades locales en materia de asistencia a las víctimas  con el fin de que puedan ponerse en marcha recursos suficientemente dotados y accesibles para ellas

16º- Formación obligatoria y especializada en género para franquear  los prejuicios y estereotipos, de todos los estamentos de la justicia, fiscalía, judicatura, forensía, abogacía y personal al servicio de la administración de justicia  para integrar realmente la igualdad y promover una  justicia con perspectiva de género como principio transversal que cruza todo nuestro sistema de justicia.

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miércoles, 26 de septiembre de 2018

Cuatro asesinatos por violencia machista en apenas nueve horas

Cuatro asesinatos en apenas nueve horas: dos mujeres y dos niños, en cuatro casos de violencia machista en España. Es el trágico balance de una jornada negra, que deja el cómputo general del año en 40 víctimas mortales, 37 mujeres y tres menores, según los datos del Ministerio de Igualdad. Además, hay un caso más en investigación.

Primero en Castellón, un hombre de 48 años ha matado a sus dos hijas, de dos y seis, en su domicilio. Después se ha suicidado tirándose por la ventana de un sexto piso en la entrada trasera de la finca. Eran las cinco de la mañana. El presunto asesino llevaba un año separado de la madre, de 42 años. En el Juzgado de Violencia sobre la Mujer constan dos procedimientos contra el hombre. Uno se abrió en enero, tras recibir un parte médico. El otro en febrero, tras una denuncia de la exmujer por amenazas. Pero ambos se archivaron a petición del fiscal y de la víctima, que no quiso declarar.

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Tras la muerte de los dos menores y el suicidio de su padre y presunto asesino, otro hombre, de 49 años, protagonizó este martes un nuevo asesinato machista, esta vez en Maracena (Granada). Sobre las nueve de la mañana mató a puñaladas a su expareja, Nuria Alonso Mesa, de 39 años, en su vivienda. En este caso no había denuncias por malos tratos y la pareja tenía un hijo de 12 años. La mujer pudo pedir auxilio por la ventana de su vivienda. Una vecina que escuchó los gritos llamó al 112. Cuando llegaron la Guardia Civil y los servicios sanitarios, la mujer estaba en la cocina en medio de un charco de sangre, herida con un arma blanca. El hombre estaba junto a ella y fue detenido. Nuria Alonso no pudo ser reanimada.

Por último, en Bilbao, la Ertzaintza ha encontrado poco después de la una de la tarde el cadáver de una mujer que murió degollada. La policía vasca trabaja en la hipótesis de que se trata de un nuevo episodio de violencia machista, pero aún no ha podido confirmarlo. 

Sin embargo, el Ayuntamiento de la ciudad y la Diputación de Vizcaya han rechazado el crimen de género. El Consistorio, además, ha aprobado una declaración de condena y ha convocado para este miércoles una concentración de repulsa a las diez y media de la mañana. El marido de la fallecida, detenido esta tarde tras horas de búsqueda, es el principal sospechoso del crimen. En el momento del arresto, presentaba un pequeño corte en el cuello. En este caso, fueron los vecinos quienes alertaron a la Ertzaintza de que algo extraño sucedía en la vivienda. Cuando los agentes entraron en la misma encontraron a la mujer fallecida junto a sus dos hijas de corta edad, que dijeron que pensaban que su mamá "estaba dormida".


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viernes, 21 de septiembre de 2018

DÍA INTERNACIONAL DE LA PAZ

El Derecho a la Paz: 70 años después de la Declaración Universal de los Derechos Humanos¡¡

Hoy 21 de septiembre Día Internacional de la #Paz es hora de que todos los pueblos y naciones actúen en consonancia con lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la que se reconocen la #dignidad inherente y los derechos #igualitarios e #inalienables de todas las personas.


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miércoles, 19 de septiembre de 2018

BAJAN LOS CASOS DE ACOSO ESCOLAR AUNQUE AUMENTA SU VIOLENCIA Y FRECUENCIA

Según los datos del III Estudio de Fundación ANAR Uno de cada cuatro casos de acoso escolar se produce en la forma de ciberbullying entre los 11 y 13 años.



Más de la tercera parte de los que lo sufren no se lo cuenta a sus padres, el resto tarda entre 13 y 15 meses de media en pedir ayuda #StopBullying#StopCiberbullying





Más información y fuente de la noticia aquí

¡Stop Ciberbullying!


Arranca el nuevo curso. Y, lamentablemente, hay chicos y chicas que preferirían que no llegara este momento; aunque no porque se hayan acabado las vacaciones o el verano, que sería lo normal, sino por el miedo a revivir situaciones de acoso por parte de algún compañero o compañera.

Saber detectar a tiempo situaciones de acoso o ciberacoso es fundamental para solucionarlo.