Es una antigua reivindicación,
data de finales de los años 90, lo planteamos cuando vimos que el “anonimato”
en los Foros de los Medios Digitales, permitía a los grupos de
odio obtener impunidad tras difundir mensajes con objeto de
dañar la dignidad de las personas y derechos fundamentales de aquellos
colectivos que habían situado como “objetivos” de ataque”, ya sea
por su relación o pertenencia a ellos.
Desde la perspectiva de
la victima hemos denunciado el discurso de odio porque es un delito
en sí mismo como establece el Código Penal en el art. 10 , o bien
porque no llegando a serlo, crea un clima de intolerancia que
precede al delito, lo alimenta e incluso lo incrementa, en especial en
las Redes Sociales e Internet. Siempre con el máximo respeto y defensa de la
libertades que no son infinitas, porque la libertad de expresión, no es
impunidad de agresión.
La Resolución (20) de
1997 del Consejo de Europa definió el Discurso de Odio como
aquel que “abarca todas las formas de expresión que propaguen,
inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo
u otras las formas de odio basadas en la intolerancia, incluida la intolerancia
expresada por agresivo nacionalismo y el etnocentrismo, la discriminación y la
hostilidad contra las minorías, los inmigrantes y las personas de origen
inmigrante”,
Hay formas de expresión, mensajes
odiosos, que ofenden, perturban o trastornan pero que, por sí mismas,
no constituyen discurso de odio. Esta debe servir para proteger a las personas
y grupos de personas atacados por motivo de intolerancia, sin embargo hay
gran ignorancia al respecto y se confunde lo que es punible y no punible
al manifestar que todo es “odio”. Falta rigor y seriedad en el debate.
No obstante el “anonimato”
en las Redes Sociales e Internet es contrario a la responsabilidad
cívica que debe requerírsele a toda persona en una sociedad democrática.
La protección de los derechos humanos requiere que la impunidad no deba
de ser facilitado por las Plataformas en las Redes, lo que ha de realizarse
velando por que las restricciones a este discurso no se empleen para silenciar
a las minorías, ni para reprimir la crítica a las políticas oficiales, la
oposición política o las creencias religiosas;
Queremos destacar el papel de la educación como
herramienta para acabar con las creencias erróneas y las falsedades que
constituyen la base del discurso de odio y la necesidad de que la educación se
centre especialmente en adolescentes y jóvenes porque la
prohibición penal no es suficiente por sí sola para erradicar el
discurso de odio no siempre es el mecanismo idóneo o suficiente.
Reclamamos evitar todo
apoyo a aquellas organizaciones que usen el discurso de odio y
prohibir todas aquellas que lo hacen con objeto de incitar a la comisión
de actos de violencia, intimidación, hostilidad o discriminación contra las
personas a las que van dirigidas, o pueda razonablemente esperarse que se
produzcan tales efectos.
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