Frente al extremismo, el odio y el fanatismo: el antivirus de la Tolerancia
Nos dice la UNESCO en el aniversario del Día Internacional para la Tolerancia que esta virtud y valor tiene que orientar nuestra acción que proclamamos todos los 16 de Noviembre, aunque lo importante es que debemos de practicarla todos los día del año, pues contribuye a sustituir la cultura de la guerra por la de la paz al crear armonía en la diferencia y que hoy es más necesaria que nunca porque vivimos tiempos en que el extremismo, el odio y el fanatismo se desatan con frecuencia.
La Declaración de Principios de la UNESCO, asumida por la ONU, explicita:La Tolerancia consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y maneras distintas de manifestar nuestra condición humana. La fomentan el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
También nos señala que no debemos equivocarnos pues Tolerancia “no es lo mismo que concesión, condescendencia o indulgencia. Ante todo, la Tolerancia es una actitud activa de reconocimiento de los derechos humanos universales y las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales. La Tolerancia han de practicarla los individuos, los grupos y los Estados”.
No significa permitir la injusticia social ni renunciar a las convicciones personales o atemperarlas.“Significa que toda persona es libre de adherirse a sus propias convicciones y acepta que los demás se adhieran a las suyas” como expresa la Declaración de Principios sobre la Tolerancia, publicada por la UNESCO en noviembre de 1995, donde define que la “Tolerancia consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos”.
En un momento en que losextremismos, el odio y el fanatismo se desatan en todo lugar y con demasiada frecuencia, en un momento en que la intolerancia continúa intoxicando una parte de la humanidad. Nunca ha sido una virtud tan vital y necesaria la Tolerancia, por lo que debemos afirmarla, defenderla y promoverla de manera perseverante las gentes de bien.
La Tolerancia es de hecho una actitud, una conciencia y un requisito que predispone a una conducta constructiva y positiva ante la diversidad humana y que la entiende como una forma de riqueza, no como un factor de división, donde las diferencias inmediatas o aparentes, son una parte constitutiva del lenguaje común de la humanidad. Afirma la dignidad de la persona y la universalidad de los derechos humanos.
El conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión fomentan la Tolerancia, que consiste en la armonía en la diferencia. “No sólo es un deber moral, sino además una exigencia política y jurídica. La Tolerancia, la virtud que hace posible la paz, contribuye a sustituir la cultura de la guerra por la cultura de la paz”, dice la Declaración.
La UNESCO recuerda al intelectual francés Voltaire, quien en su Ensayo sobre la Tolerancia escrito en 1764, ante a la guerras que asolaban nuestro continente, dijo: “todos estamos llenos de debilidades y errores, perdonémonos recíprocamente nuestras tonterías. Es la primera ley de la Naturaleza”, palabras que 255 años más tarde no han perdido su relevancia. Pero sobre todo lo que nos recuerda es que practicar la Tolerancia no es permanecer inactivo o permanecer insensible a las diferencias entre hombres y mujeres, culturas y creencias, sino vivir el compromiso de erradicar la Intolerancia que de ello derive.
Hoy, hace 27 años que un grupo de neonazis acabo con la vida de la dominicana Lucrecia Pérez Matos. Fue el primer crimen racista reconocido en España. Con este programa queremos conmemorar su memoria y acercarnos a lo que se denominan Delitos de Odio y cómo el Discurso de Odio estuvo en la base de este cruel asesinato. Para saber más de su historia os recomendamos el libro "El crimen Racista de Aravaca" de Tomás Calvo Buezas.
El Observatorio Cívico de Violencia Política de Cataluña, constituido por Impulso Ciudadano y Movimiento contra la Intolerancia, constata con preocupación la verificación de los funestos pronósticos sobre el incremento de la violencia política en Cataluña, del que advertimos en nuestro primer informe y apela a la reponsabilidad política.
En aquel documento indicábamos que de los 189 incidentes contabilizados en el primer semestre de 2019 relacionados con la violencia política, el 92% eran perpetrados por grupos o personas partidarias de la independencia y constatábamos que eran actos numerosos, continuos y de una creciente potencia lesiva. También alertábamos sobre el peligro de banalizar la violencia, invisibilizar a la víctima, amparar la impunidad de los agresores, deslegitimar a los jueces y fuerzas de seguridad y, en definitiva, despreciar al Estado de Derecho.
Igualmente, avisábamos del elevado riesgo de que esa numerosa microviolencia se condensara y estallara cuando las circunstancias políticas propiciaran la exaltación de elementos extremistas. Lamentablemente, en estos momentos ya no se puede hablar en Cataluña de violencia política de baja intensidad, sino que el fenómeno de la guerrilla urbana violenta ha tomado las calles de muchas ciudades de Cataluña poniendo en peligro la seguridad de las personas y causando daños importantes al mobiliario público.
Desgraciadamente, la respuesta de las autoridades autonómicas a ese fenómeno no es la adecuada. Es especialmente preocupante que el presidente de la Generalitat sea reacio a realizar condenas de los gravísimos altercados ejecutados por elementos ultranacionalistas y antisistema que pretenden derribar el sistema democrático. Además, sus imprudentes apelaciones a la desobediencia civil han sido un alarmante caldo de cultivo que ha favorecido los episodios generalizados de violencia que está padeciendo la sociedad catalana.
Por ello, creemos imprescindible acabar con la notoria condescendencia de las autoridades con los violentos que deja indefensos a los ciudadanos partidarios de las instituciones y valores democráticos. Además, es indispensable que apoyen sin fisuras a las Fuerzas de Seguridad en su labor de control del orden público y que colaboren en la puesta a disposición de la justicia de los responsables e instigadores directos e indirectos de la violencia.
El Observatorio Cívico de Violencia Política de Cataluña está procesando todos los incidentes violentos de los que tiene noticia. Se ha habilitado para aquellas personas que tengan conocimiento documentado o hayan sufrido directamente este tipo de actos el correo electrónico observatorio@impulsociudadano.org,
A este correo se pueden remitir los documentos acreditativos del incidente (fotografías, vídeos, copias de denuncias, noticias de prensa o enlaces de publicaciones….) con indicación de fecha y lugar del mismo.
La Audiencia de Barcelona considera que la víctima se encontraba "en estado de inconsciencia", por lo que los acusados no tuvieron que usar "violencia o intimidación"
La violación grupal de una adolescente de 14 años en Manresa no es agresión sexual, sino abuso sexual. La sección 22 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco de los seis acusados a penas de entre 10 y 12 años por abuso sexual y abuso sexual continuado a una menor, pero no contempla, como pedía la Fiscalía, elevar la pena a agresión sexual. Esta sentencia sigue la estela de la polémica que se inició con el caso de La Manada de Pamplona, a los que la Audiencia Provincial de Navarra condenó en abril de 2018 por abuso sexual continuado. El Supremo elevó la condena el pasado junio y lo consideró una violación múltiple.
El grupo de Manresa violó por turnos a la víctima, que había tomado alcohol y drogas ( "algún porro de marihuana", según los hechos probados) y estaba inconsciente, en una fábrica abandonada en el camino Torres d'en Vinyes durante un botellón en 2016. "No pasó desapercibido" para ninguno de los congregados que la joven era menor de 16 años y que estaba en estado de inconsciencia, prosigue la sentencia.
El tribunal admite que el crimen fue "extremadamente intenso y especialmente denigrante", pero no se puede tipificar como agresión sexual porque la menor estaba inconsciente y no hubo violencia ni intimidación, elementos necesarios para catalogar los hechos de esa manera. Los agresores, reza la sentencia, "pudieron realizar los actos sin usar ningún tipo de violencia o intimidación para vencer una oposición que no existía".
En las sesiones del juicio, celebradas en julio, la víctima declaró que recordaba solo parte de lo ocurrido, pero que uno de los principales acusados, Bryan Andrés —el que empezó la cadena de violaciones por turnos de 15 minutos— la obligó a tener sexo mientras esgrimía una pistola. En la sentencia queda recogido, no obstante, que era otro de los implicados, Marco Antonio, quien tenía en las manos "lo que parecía una pistola".
La joven declaró en el juicio que uno de los acusados, Bryan Andrés, le dijo que tenía que hacerle una felación a él y a Maikel Pascual, otro de los implicados en el crimen. La joven aseguró que accedió porque Maikel y Bryan se pasaban una pistola y se sintió intimidada. Sin embargo, el Tribunal no contempla, entre los hechos probados, que se utilizase la pistola para intimidar a la víctima. Los magistrados sostienen que no se puede saber "con certeza si aquello que la víctima dijo que iba recordando acerca de lo que ocurrió, los flashes de ciertas escenas que mencionó, son efectivamente una rememoración tardía de las percepciones sensoriales conservadas en la memoria o fruto de la interiorización del relato sentido por otras personas".
El Tribunal considera que se trata, inequívocamente, de un delito de abuso sexual. "Ha quedado acreditado que la víctima, mientras que se producían los hechos, y desde el momento antes hasta horas después de lo sucedido, se encontraba en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía, y, consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación (...). Se está ante la hipótesis que considera abusos sexuales no consentidos, aunque en este caso el consentimiento sería irrelevante atendiendo a la edad de la víctima", sostiene el tribunal en la sentencia, que no es firme. Abel Pié, abogado de uno de los agresores, confirmó que las defensas apelarán la sentencia y pedirán la absolución de los condenados.
Hay un episodio de los hechos probados, sin embargo, que plantea dudas respecto a la inconsciencia de la menor, tal como subraya la catedrática en Derecho Penal de A Coruña, Patricia Faraldo. Dice así: "Cuando ya se habían marchado la mayor parte de los reunidos, Bryan Andrés y Maikel, al mismo tiempo, cogieron a XXX, liberaron sus respectivos penes de los pantalones y los posaron en la cara de la chica para que ella les masturbase, chupándolos, consiguiendo satisfacer sus deseos libidinosos con la felación que ella les hizo". Según Faraldo, "para mantener que estuvo inconsciente en todo momento, este episodio se debería haber descrito de otra manera. Me deja perpleja". La catedrática considera además que el hecho de que uno de los condenados invitara al resto a entrar a la caseta (Bryan Andrés "le dijo ahora podían entrar ellos", según la sentencia), debería haber supuesto "que se le considerara inductor de los hechos de los demás, lo que significaría una pena mayor".
La Fiscalía, que empezó acusando a los agresores de un delito de abusos sexuales, terminó rectificando y, en la última sesión del juicio, elevó la petición de pena para los seis acusados: de entre 10 y 12 años para cada uno de ellos, pasó a solicitar entre 14 y 15 años por agresión sexual. El fiscal consideró entonces que los seis acusados actuaron de forma organizada y que aprovecharon su superioridad numérica para "intimidar" a la víctima. Los magistrados no han pasado por alto este cambio de posicionamiento de la Fiscalía y, en el fallo, han mostrado su "sorpresa", por la modificación de calificación jurídica del ministerio fiscal en sus conclusiones, porque la prueba practicada en el plenario apoyaba su calificación provisional de abusos sexuales y, en cambio, "no aportó elementos que justificaran mutar los abusos en agresión sexual, en los trámites de conclusiones”.
Sobre la edad de la víctima —tenía 14 años cuando se produjeron los hechos—, el Tribunal rechaza la declaración de los acusados, que aseguraban que desconocían que era menor de edad. "En el juicio oral, celebrado tres años después de los hechos, el Tribunal ha podido comprobar que el aspecto físico de aquella chica sigue teniendo una apariencia de adolescente incipiente, que no llegaría aún a los 16 años", reza la sentencia. Los magistrados son tajantes: "Si no hicieron nada para cerciorarse de este dato fue porque les resultó indiferente".
El tribunal ha impuesto para dos de los acusados, Bryan Andrés y Maikel Pascual, la pena más elevada, de 12 años, al considerar que en su caso se dio una situación de continuidad donde, estando ellos dos con la joven en la misma escena, le pidieron “prestación sexual”. A Daniel David Rodríguez, Yordanis de Jesús Campo y Walter Diego Claudio, los magistrados los condenan a 10 años por un delito de abuso sexual.
Otros dos jóvenes juzgados por estos hechos han sido absueltos. En uno de los casos, no ha quedado acreditada su participación en el delito de abusos sexuales. En el otro, que según el relato de la Fiscalía se masturbó mientras miraba cómo los demás violaban a la chica, aunque no participó directamente, ha considerado que no se ha probado el delito de omisión de impedir delitos del que estaba acusado.
La sala, que ha absuelto a todos los acusados del delito de amenazas, ha fijado en 12.000 euros la indemnización a la víctima, de forma conjunta y solidaria, al considerar que “el ataque a la indemnidad sexual de la víctima fue extremadamente intenso y especialmente denigrante, y además, se produjo sobre una menor que se encontraba en situación de desamparo”.
Esta sentencia recuerda al caso de La Manada de Pamplona, que fue polémico por el mismo motivo. Primero la Audiencia de Navarra y después el Tribunal Superior de Justicia de Navarra condenaron a los cinco autores de la violación de una joven a nueve años de prisión por abuso sexual y no por agresión. Ambos fallos generaron multitud de protestas en toda España, los partidos políticos se manifestaron en contra de la decisión judicial e incluso el Gobierno anunció que iba a modificar la legislación. La decisión fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que cambió la calificación de los hechos y elevó las penas. Sentenció que La Manada cometió una violación continuada en grupo y castigó a los cinco autores de la violación a 15 años de cárcel. El alto tribunal entendió que la joven sufrió una "situación intimidante" que hizo que ella misma "adoptara una actitud de sometimiento", los acusados se "aprovecharon" de estas circunstancias para atacar a la joven.
La sentencia sobre el ataque de La Manada de Pamplona en julio de 2016 generó una amplia protesta en las calles y provocó que el Gobierno, entonces del Partido Popular, decidiera revisar el concepto de violencia que figura en el Código Penal para los casos de violación.
El Gobierno del PSOE hizo suya la iniciativa del PP y, en julio de 2018, anunció una reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para garantizar que los tipos no dependan de la interpretación de los jueces. La comisión de codificación, a la que se encargó un dictamen sobre la cuestión, propuso la desaparición de la actual distinción entre abuso y violación y que se considere violación cualquier agresión sexual con penetración no consentida.
El 45% de las víctimas de bullying pierde a sus aliados a causa de la situación vejatoria y de vulnerabilidad que están padeciendo.
Ser diana del acoso escolar te aísla. Te distancia de tu familia, de tus profesores y también de tus amigos. Exactamente el 45% de las víctimas de bullying pierde a sus aliados a causa de la situación vejatoria y de vulnerabilidad que están padeciendo. Así lo concluye el estudio anual de la Fundación Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo (ANAR, 900 20 20 10), aún pendiente de publicación.
Además dichos datos inciden en que el 22% de los niños acosados se siente solo, lo que supone tener menos apoyo para enfrentar el problema. “Esta soledad”, añaden, “es más acusada en los casos de ciberacoso”. Aquí el porcentaje de pérdida de amistades o sentirse aislado se eleva hasta el 65%, informa EFE. Esta es la primera vez que se incluye la variable de la amistad, o pérdida de la misma, dentro de este informe, según explican desde ANAR, organización que trabaja junto al Ministerio de Educación para acabar con esta lacra en los colegios.
Los datos salen a la luz tras el lanzamiento de la iniciativa ¿Tú actúas? de la Fundación Mutua Madrileña, organización que lucha activamente contra el bullying en el aula desde 2016 y en el que ha cooperado también Disney.
La iniciativa, en formato vídeo, se incluye dentro de su campaña #activatupoder y consiste en un experimento sociológico con niños de 10 a 12 años en los que asumen distintos roles en diversas situaciones de acoso.
El vídeo empieza con decenas de chavales entrando a un centro escolar, relacionándose, riéndose. Después el plano pasa a un aula y la primera pregunta es clara: ¿Todos sabéis lo que es el acoso escolar, verdad? Todos asienten. “Pues vamos a imaginar que una situación de bullying se está dando en vuestro centro escolar”, les dice a una decena de chavales la orientadora del experimento.
“Pues tú vas a estar de acosador y tú de acosado”, señala la mujer a un par de participantes. A lo que el niño al que le toca ser el acosador esgrime un “no, yo no quiero, me da cosa hacer esas cosas”. Y de esta forma, se suceden escenas entre abusador y abusado, hasta que uno de ellos pregunta: “¿Podemos intervenir?”. A lo que la coordinadora responde un rotundo sí.
De los tres roles trabajados, el de acosado, acosador o de ayuda, los pequeños dicen cómo se han sentido. “Como acosado, me he sentido solo y triste”. Y así uno a uno narran su experiencia. Al final, la mujer vuelve a preguntar: ¿actuaríais frente al acoso? A lo que todos responden “Sí”.
El objetivo del cortometraje es, efectivamente, eso, resaltar la importancia de propiciar un mayor apoyo a los compañeros, a las víctimas de acoso. Ya un estudio realizado por esta fundación determinó el pasado mes de febrero que el “80% de los estudiantes cree que el apoyo de la clase es la medida más eficaz contra esta lacra”.
Fundación ANAR será la encargada de llevar el vídeo a las aulas de más de 200 colegios como “soporte para combatir y prevenir el bullying en las aulas. Es, normalmente, la labor que realizamos con los orientadores, profesores, psicólogos, alumnos, todo el entorno escolar en nuestro día a día”, informan desde ANAR.
Mujer ve el vídeo que la muchacha canadiense Amanda Todd, de 15 años, grabó antes de suicidarse, desesperada por el «ciberbullying» al que estaba siendo sometida. / MLADEN ANTONOV / AFP
Burgos es la provincia de la región donde más menores han sido investigados por ciberacoso | Entre enero y mayo se ha puesto bajo control a 11 menores
Burgos encabeza una lista indeseada dentro de la comunidad autónoma de Castilla y León y es que, según recoge el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) del Ministerio de Interior, esta es la provincia de la región donde más menores han sido investigados por ciberacoso.
Burgos se sitúa a la cabeza de la comunidad autónoma con 11 menores bajo control, entre enero y mayo de este año, por un delito relativamente reciente, según datos del SEC que recoge Efe. Este sistema es una gran base de datos a la que aportan información todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Por detrás de Burgos se sitúa Valladolid con ocho menores bajo control por delitos de ciberacoso. Detrás se encuentra Ávila con seis, León con cuatro, Segovia con dos, Soria con dos y Palencia, Salamanca y Zamora con uno cada provincia.
Datos globales
Estos datos del Ministerio de Interior, facilitados por el Gobierno en respuesta a una pregunta parlamentaria, muestran que un total de 585 menores de entre 6 y 17 años de Castilla y León han denunciado ciberacoso en los cuatro primeros meses de 2019 y que 1.261 lo hicieron el año pasado.
Una quincena de menores han sido detenidos e investigados en Castilla y León por ciberacoso entre enero y mayo pasados, cuando en todo 2018 fueron veintiuno, según recoge el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) del Ministerio de Interior.
Si se suman ambos periodos (todo el 2018 y desde enero a mayo de 2019), León acumula el mayor volumen de incidencias por esta causa con 366. Por detrás se sitúan Valladolid con 333, Salamanca con 272, Burgos con 263, Ávila con 166, Palencia con 143, Segovia con 123, Zamora con 122 y Soria con 58.
Ante este panorama, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado han redoblado sus esfuerzos en el ámbito de la prevención y la educación. A través del Plan Director para la Convivencia y Mejora de la Seguridad en los Centros Educativos y sus Entornos se articulan diferentes medidas y actividades, desde las charlas con alumnos o profesores hasta los servicios de vigilancia en los centros educativos.
Uno de cada tres menores ha sido víctima de ciberacoso en España y uno de cada cinco ha ejercido esta práctica en alguna de sus modalidades, que afecta más a las niñas que a los niños, según el informe elaborado por EU Kids Online con el apoyo del Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe).
El Incibe, a través de Internet Segura for Kids (www.is4k.es), ha lanzado una nueva edición del programa 'Jornadas escolares para un uso seguro y responsable de la red', con el objetivo de formar y capacitar tanto a docentes como alumnos para que los menores hagan un uso seguro y responsable de la red.
Un juzgado ha reconocido que la Comunidad de Madrid no actuó debidamente en 2016 en el caso de una niña de diez años afrodescendiente que sufrió acoso escolar racista en un colegio público y le ha condenado a indemnizar a los padres con 7.500 euros, han informado fuentes jurídicas.
Según la sentencia, el centro público Cardenal Herrera Oria de Madrid "trató de relativizar el problema a cosas de niños", incluso en la vista se refirió a hechos "puntuales normales dentro del colegio".
La familia de la menor acudió el pasado día 8 a la vista, en el Juzgado 34 de lo Mercantil, afirmando que confiaba que se hiciera justicia con su hija, a la que, según denunciaron, "la aislaban socialmente, la acorralaban en los patios, se metían con su físico, su color, su olor, su piel", le decían que "nadie la quería" y "le tiraban balones al estómago en gimnasia".
El fallo estima sustancialmente el recurso interpuesto de los padres, reconoce el derecho a ser indemnizados (la familia pidió en la vista alrededor de 22.00 euros) con 7.500 euros y condena a la Comunidad de Madrid a pagar dicha cantidad. "Queda probado la situación de un conflicto importante que desencadenó en una situación de acoso escolar hacia la menor caracterizada por constantes insultos, intimidaciones, amenazas y aislamiento de sus compañeros", asegura la sentencia, que añade que dicha situación provocó daños psicológicos en la menor.
Además, se recalca que el colegio público, "consciente de la situación, no hizo lo suficiente" para evitarlo, y la víctima "no obtuvo la adecuada respuesta" y tuvo que cambiar de centro.
La Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid tardó casi diez meses en tener conocimiento del caso de acoso escolar racista que presuntamente sufría, según se explicó en el juicio.
El colegio público, "consciente de la situación, no hizo lo suficiente"
Petra y Leo, padres de la menor, recordaron durante la vista que pidieron la apertura de un protocolo de acoso en el colegio, pero que a los pocos días se "desestimó el acoso" indicando que solo había sido "un conflicto leve". Sin embargo, en la sentencia se da cuenta de hasta 16 situaciones de conflictividad con sus compañeros.