- Menores llevará ante el juez por “dejación de funciones” a los que no impulsen el protocolo reglamentario
- Pedirá que el titular del centro asuma la indemnización a la víctima, incluso antes que a los padres del infractor
Huelva Información.- La Delegación de Menores del Ministerio Público onubense va a poner pies en pared a los docentes que no cumplan con su obligación de incoar el Protocolo de Acoso Escolar o que no lo lleven a efecto como corresponde, actuación que es un deber en los asuntos en los que se tenga sospechas de que algún alumno está sufriendo bullying: los llevará ante los tribunales imputados por la “comisión por omisión” del delito, lo que podría acarrearles penas de hasta dos años de prisión.
Así lo avanza en primicia a Huelva Información el fiscal delegado de Menores, Alberto Campomanes, quien adelanta que esta medida se aplicará a todos los asuntos de acoso escolar de los que tenga conocimiento el Ministerio Fiscal a partir de ahora.
Campomanes detalla que el bullying es difícil de perseguir porque, cuando “nos llega una denuncia, los casos casi siempre empiezan antes de que los chicos hayan cumplido los 14 años” y no se pueden investigar porque los niños implicados no son penalmente responsables del delito.
“Ahí ya estamos en el final de la ESO, si es que no se ha terminado, y no nos queda nada o son infracciones que se considerarían solo delitos leves y, por tanto, la respuesta es minúscula, completamente desproporcionada a la baja con respecto a lo que haya podido sufrir la víctima; no nos sirve”.
A edades más tempranas, quienes tienen que solucionar los casos de acoso en la escuela son los intervinientes en el ámbito educativo: el propio centro y su personal, la Junta de Andalucía o la Inspección de Educación.
El fiscal especialista evidencia que la aplicación del Protocolo de Acoso Escolar de Andalucía “plantea bastantes problemas”. Primero, porque la información que recaba “es insuficiente para que yo pueda hacer una investigación a partir de ahí”. En segundo lugar, porque “no obliga a los centros a dejar constancia de elementos importantes (por ejemplo, cómo se detecta la situación, qué cosas se hacen); únicamente tienen que hacer un acta de la reunión que se mantiene con los padres”.
De la misma manera, “también me encuentro que cuando se impone una sanción, se impone al margen de las reglas del procedimiento administrativo”. Entiende Campomanes que el castigo hay que adaptarlo “a la situación de menores de edad, pero sí que se le pueden pedir explicaciones con presencia de alguno de sus padres y un secretario”. Estos detalles serían muy útiles para la investigación.
Tales escollos no son endémicos de Huelva, sino que “está pasando en toda España”. Por ello la Fiscalía de Sala de Menores del Tribunal Supremo “nos ha dado una serie de directrices que podemos seguir, entre ellas la de considerar como responsable civil al titular del centro educativo, incluso antes que a los padres” de los menores infractores. Esta es una de las medidas que “nosotros vamos a adoptar”.
Campomanes recuerda que el 1 de julio de 2017 se reunió con los inspectores de Educación de Huelva. “Les expliqué este tipo de cuestiones y no se han corregido”. Toca actuar.
Para los delitos de resultado (un homicidio, un hurto o un caso de acoso), el Código Penal establece que se pueden cometer “mediante la autoría por acción”, la convencional, pero también “por omisión”. Esta figura consiste, básicamente, en que si un individuo tiene el deber de actuar para evitar un resultado delictivo e incumple dicha obligación “consciente y deliberadamente, se le castiga como si hubiera cometido personalmente ese delito”, explica el fiscal.
Los casos de acoso escolar que llegan a manos de la Fiscalía de Menores de Huelva “no son muchos”, pero el Ministerio Público suele toparse una y otra vez con el mismo muro. “Es bastante habitual que en los centros no se ponga en marcha el Protocolo de Acoso Escolar ante este tipo de situaciones”, apunta.
La “responsabilidad penal” de los docentes intervinientes en estos supuestos “aparece como bastante probable”: saben qué hay que hacer para atajar el bullying y no mueven un dedo.
Alberto Campomanes no entra a valorar si esta “dejación de funciones” se ejecuta por tapar un escándalo o por otras motivaciones, pero sí recalca que “muchas veces hablando con profesores o maestros que vienen aquí a declarar como testigos, nos dicen que no han incoado el protocolo porque realmente no les pareció que hubiese nada”.
Y no. “Esto no funciona así”. El delegado de Menores les aclara que “primero usted tiene que incoar el protocolo, lo pone en funcionamiento, comprueba lo que considere y, si efectivamente usted –después de hacer una mínima averiguación– piensa que no hay nada, lo archiva“. Pero dicho protocolo es “una garantía de que este tipo de situaciones reciben respuesta”, algo básico para la víctima y su entorno.
Es como si al fiscal le presentaran una denuncia y ni siquiera “me dignara a investigarla, hay que cumplir con el trabajo, seguir unos pasos”. Más adelante se decidirá si conviene imponer una sanción, si hay que adoptar medidas de protección a la víctima o si hay que tomar medidas educativas. Pero no se puede abandonar una función reglamentaria “que el personal docente tiene que cumplir”.
La iniciativa del Ministerio Fiscal de imputar a maestros o profesores por omisión, “evidentemente, no va a solucionar todo el acoso escolar, que tiene muchísimas otras causas”. Pero servirá para espolear al personal educativo, que “debe tener un papel más activo” para facilitar las pesquisas a la Fiscalía y proteger a los perjudicados. “Quiero que ese trabajo preliminar del inspector de Educación me sirva igual que cuando hace un informe un inspector de Hacienda o de Trabajo”, destaca.
Solo así “seremos más eficaces persiguiendo estos delitos” y, como consecuencia, “se le verán las orejas al lobo y habrá muchos que se lo piensen dos veces antes de cometer este tipo de hechos o de no actuar cuando se sabe que se están cometiendo”.
El fiscal jefe de Huelva, Alfredo Flores, ha autorizado que sean los fiscales de Menores los que entiendan sobre estos procedimientos que incriminan a adultos, como vienen haciendo con los expedientes contra los padres que cometen infracciones penales de abandono escolar por absentismo “por dejación de sus obligaciones paternales”. Campomanes entiende que “somos los que conocemos realmente la problemática del acoso escolar y los que estamos en mejor posición para dar una respuesta a este tipo de criminalidad”.
Las penas a imponer por la jueza de Menores dependerán del delito de resultado. No obstante, el fiscal especialista manifiesta que “el caso más habitual de una situación de acoso escolar que llega a comprobarse completamente es el del delito contra la integridad moral, y entonces la pena podría llegar a los dos años de prisión“.
Antes se haría necesario, mediante la instrucción, identificar a los responsables, “porque puede ser el tutor, el profesor de una asignatura en concreto, el director o el orientador quien conoció la situación, tuvo obligación de actuar y no lo hizo; uno o varios”. Asimismo, los fiscales defenderán que la indemnizaciones corran a cargo de la Junta de Andalucía si se trata de un colegio o instituto público, o de la empresa que lo gestión en caso de los privados.
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